REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, 10 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-003901
SOLICITANTE: ERASMA DARIA DELGADO DE ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.147.137, de este domicilio, en su carácter de abuela paterna y guardadora de hecho de la adolescente (cuya identificación se omite conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA).
MOTIVO: TUTELA.
Revisadas y vistas las actuaciones que conforman el presente asunto, presentado por la ciudadana ERASMA DARIA DELGADO DE ORTEGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 2.147.137, en su carácter de abuela paterna y guardadora de hecho de la (cuya identificación se omite conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA).
; debidamente asistida en ese acto por la Defensora Pública Centésima Vigésima Sexta , Abogada LORENA RON, y por cuanto los ciudadanos ERASMA DARIA DELGADO DE ORTEGA, NORIS MAITE ORTEGA DELGADO, RAFAEL ORTEGA, RICHARD ARVENIS ORTEGA DELGADO, RICHARD SIMON ORTEGA DELGADO, EVELIO RAFAEL MEJIAS DELGADO Y THAIS ELIZABETH ALVIAREZ MIJARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 2.147.137, V- 6.898.952, V-2.121.054, V-14.446.338, V- 6.307.698, V-6.299.191 y V-9.955.918 correspondientemente, propuestos por la solicitante, para los cargos de TUTOR, PROTUTOR, MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA Y SUPLENTES, respectivamente, a favor de la adolescente (cuya identificación se omite conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA)., esta Juez Unipersonal VIII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, cumplidas con las formalidades legales correspondientes: Notificación al Fiscal del Ministerio Público, que cursa al folio diecisiete del presente, así como las oportunas juramentaciones y por ende aceptaciones de los cargos recaídos sobre ellos y en atención a lo establecido en el Titulo IX, capitulo I referente a la Tutela, Sección I del Código Civil Vigente Venezolano, les discierne el Cargo de: TUTOR, a la ciudadana ERASMA DARIA DELGADO DE ORTEGA; PROTUTOR, a la ciudadana NORIS MAITE ORTEGA DELGADO; MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA Y SUPLENTES, a los ciudadanos RAFAEL ORTEGA, RICHARD ARVENIS ORTEGA DELGADO, RICHARD SIMON ORTEGA DELGADO, EVELIO RAFAEL MEJIAS DELGADO Y THAIS ELIZABETH ALVIAREZ MIJARES, plenamente identificados infra. Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto, a los fines de su protocolización el Registro Público del domicilio de la adolescente y la niña de autos, y publíquese igualmente por la prensa, de acuerdo a lo preceptuado en nuestro ordenamiento jurídico sustantivo. CUMPLASE.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN
LA SECRETARIA
GREYMA ONTIVEROS M.