REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, 20 de Octubre de 2006
196º y 147º


ASUNTO : AP51-S-2006-018108

Vista la solicitud presentada por el ciudadano JESUS HUMBERTO PARADA HERNANDEZ, mayor de edad, extranjero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E- 82.094.168, así como la aceptación y juramentación hecha por la ciudadana EVALINA SOTO DURAN , venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 9.184.968, como curador ad-hoc de los niños (CUYA IDENTIFICACION SE OMITE, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) respectivamente. Esta Sala de Juicio VIII, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo; y por cuanto se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 110 del Código Civil, devuélvanse en original la documentación a la parte interesada. Se insta al solicitante a consignar copia fotostática de la totalidad de las actuaciones que conforman el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ



DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMÁN

LA SECRETARIA



GREYMA ONTIVEROS M