REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio . Juez Unipersonal VIII
Caracas, cuatro de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : AP51-S-2006-015918


Vista la solicitud presentada por la ciudadana ELKA ELENA REINOSO LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-7.921.011, y de este domicilio, así como la aceptación y juramentación hecha por el ciudadano DELVIS JESUS REINOSO LINARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°. V-7.950.376, como curador AD-HOC del niño (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) Esta Sala de Juicio VIII, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo; y por cuanto se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 110 del Código Civil, devuélvanse en original la documentación a la parte interesada. Se insta al solicitante a consignar copia fotostática de la totalidad de las actuaciones que conforman el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ



DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMÁN

LA SECRETARIA



ABG.GREYMA ONTIVEROS