REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° XIII
Caracas, 09 de octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2005-2286
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y vista la comunicación que antecede elaborada por la Presidenta y Psicólogo Clínico de Fondenima, de fecha 26/09/2006, mediante la cual informan que por ante dicha Institución habían reaparecido la ciudadana SOLANDA MARIBEL DELGADO y la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, para la Psicoterapia individual, comprometiéndose las mismas a cumplir con las mismas. Igualmente indicando que los ciudadanos SOLANDA MARIBEL DELGADO y CARLOS JOSE OSORIA, progenitora y padrastro de la adolescente de autos, habían asistido al Taller de Escuela para Padres de Niños pequeños y al Taller para padres Adolescentes, y que los mismos se encuentran en espera de los módulos faltantes. Y siendo que en los dos últimos informes integrales practicados por el Equipo Multidisciplinario han manifestado, las buenas condiciones alimentarias y de vestido en la que se encontraban la adolescente en estudio y sus hermanos, así como que el grupo familiar ha superado las condiciones que dieron origen al presente caso, y siendo que la progenitora y el padrastro de la adolescente, desean el bienestar de la misma y de todos los miembros de la familia, y visto que los mismos cumplieron con los procedimientos que señaló el Tribunal en beneficio del desarrollo integral del grupo familiar. En consecuencia, esta Sala de Juicio a cargo del Juez Unipersonal N° XIII de este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, y tomando en consideración las conclusiones de los informes de seguimientos que cursan en el presente expediente ordena el cierre del presente expediente y el archivo del mismo. Cúmplase lo ordenado.-
El Juez,
Abg. Helio Antonio Requena Bandres
La Secretaria,
Abg. Dayana Fernández
ASUNTO: AP51-S-2005-2286
Harb/yc