REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 17 de Octubre de 2006
196° y 147°
Vista la diligencia suscrita por el abogado NESTOR CASTRO, en su carácter de endosatario en procuración y el pedimento en ella contenido y por cuanto se observa que se encuentra totalmente vencido el lapso concedido a la parte demandada a fin de que cumpliera voluntariamente con la transacción celebrada entre las partes en fecha 16-12-2005, este Tribunal decreta la ejecución forzosa de la misma y se acuerda medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la suma de NOVECIENTOS SESENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 960.000.000,00) que comprende el doble de la cantidad transada, es decir, Bs. 480.000.000,00.
Que de embargarse cantidades líquidas de dinero se hará hasta por la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 480.000.000,00), que comprende la cantidad transada.
A los fines de la práctica de la medida decretada, se ordena librar despacho y oficio al Juzgado Distribuidor de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
Que el Tribunal que resulte sorteado designará depositaria y perito avaluador, quienes aceptarán el cargo y prestarán el juramento de Ley, ante el Juez Ejecutor de Medidas que le corresponda practicar la medida decretada.
La Juez,
Dra. María Rosa Martínez Catalán.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
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