REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Sentencia Definitiva
Expediente Nº Ap- 773
PARTE ACTORA: ASOCIACION CIVIL UNION SILENCIO LIDICE, de este domicilio e inscrita por ante el Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 16 de julio de 1965, bajo el N° 11, tomo 15, Protocolo Primero, representada por su presidente ciudadano HILARIO SAYAGO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° 3.429.083.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NESTOR SAYAGO, LUIS VERA, MARIA SULVEY CANCHICA, NESTOR SAYAGO (HIJO) y NESTOR HERNANDEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 10.041, 10.235, 68.690, 73.134 y 72.821, respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: FLORENCIO POLO JULCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 22.748.191.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALI JOSÉ NAVARRETE TORO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 64.631.-
MOTIVO: DESISTIMIENTO
I
Vista la diligencia que antecede de fecha 23 de marzo del 2006, suscrita por el apoderado judicial de la parte actora en la presente causa, abogado LUIS VERA, antes identificado, por medio de la cual desiste del presente procedimiento; este tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Mediante auto dictado en fecha 13 de marzo de 2.006, se dio entrada al presente expediente y de la misma manera de conformidad con el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal fijo al 10mo día para dictar sentencia en la presente causa.-
En fecha 23 de marzo del 2006, comparece ante este Tribunal el ciudadano LUIS VERA, a los fines de solicitar a este Tribunal, se sirva a homologar el presente desistimiento de la apelación en la presente causa.
- II –
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado considerando el desistimiento realizado en fecha 23 de marzo del 2006 por el apoderado judicial de la parte actora en la presente causa, abogado LUIS VERA, antes identificado; este Tribunal, por cuanto se desprende de una revisión de autos la facultad expresa del Apoderado Judicial de la parte actora tal como consta en el Poder que corre inserto al folio cincuenta (50) del presente expediente signado con el N° Ap- 773 (nomenclatura de este Tribunal), quien lo represento para desistir en el presente juicio este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas le imparte su correspondiente HOMOLOGACION en los mismos términos expuesto por las partes, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los _____ días del mes de ____________ de dos mil seis (2.006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
LA JUEZ,
Dra. ANGELINA M GARCIA H.
LA SECRETARIA ACC.,
KELYN CONTRERAS
En la misma fecha anterior, ____ de ___________ del 2006, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo ________.-
LA SECRETARIA ACC.,
KELYN CONTRERAS
Exp. Ap- 773
AMGH/KC/laura.-
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