REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS



En el día de hoy, diecinueve (19) de Octubre de dos mil seis (2006), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), y por tratarse de una acción de amparo constitucional, dándose prioridad para la práctica de la misma, se trasladó este Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez CESAR HUMBERTO BELLO, junto con el Secretario ENRIQUE GUERRA, en compañía de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.122.125, parte actora, asistido por el abogado RICARDO BARONI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.220, a fin de dar cumplimiento a la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES ALVAREZ contra la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Hipódromos, decretada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, consistente en “cancelar a la ciudadana María Álvarez, los sueldos correspondientes a los periodos pre y post natal, su incorporación al cargo de Jefe de División de Averiguaciones Administrativas o a otro de igual o superior jerarquía al que venía desempeñando, para lo cual reúna los requisitos de Ley”. Una vez constituidos en la siguiente dirección: Hipódromo La Rinconada, Edificio Sede, Piso 5, sede de la Consultoría Jurídica, fuimos atendidos por el ciudadano ANGEL VICENTE BETANCOURT I., titular de la cédula de identidad Nº 3.241.966, Consultor Jurídico de la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Hipódromos, a quien se le impuso la misión del Tribunal. En este estado, el ciudadano ANGEL VICENTE BETANCOURT, ya identificado, expone: “Señalo al Tribunal, que me encuentro enterado de la medida de la acción de amparo constitucional que aquí se ejecuta, y daré estricto cumplimiento a la misma, por lo que me comunicaré inmediatamente con la dirección de personal, a fin de que se enteren de la presente ejecución y hagan acto de presencia, a los fines del veráz cumplimiento de la sentencia. Es todo”. En este estado, siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:20 a.m.), se hacen presentes las ciudadanas LILA ROMAY, titular de la cédula de identidad Nº 1.693.398, inscrita en el bajo el Nº 6.006, Asesor Legal de Recursos Humanos, y la funcionaria MARIELA FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 11.198.996, Jefe (E) de la División Técnica de Personal de la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Hipódromos, a quines cuales igualmente se les impuso la misión del Tribunal. En este estado, la Dra. LILA ROMAY y la ciudadana MARIELA FLORES, ya identificadas, exponen: “Procedemos a reincorporar a la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES ALVAREZ, al cargo de Coordinador o uno equivalente, con la misma remuneración del cargo que ostentaba la querellante en esta institución, por cuanto el cargo que ostentaba la ciudadana MARIA MORALES, se encuentra ocupado. La reincorporación será efectiva el día 23 de Octubre de 2006. Con respecto al pago de los sueldos dejados de percibir, se realizarán los trámites respectivos para el cálculo y posterior pago del mismo. Es todo”. En este estado, la parte actora, ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES ALVAREZ, asistida por el Dr. RICARDO BARONI, expone: “Satisfecha por la atención prestada por los notificados, concedo el plazo manifestado a los fines de mi efectiva reincorporación, por lo que solicito sean remitidas las presentes actuaciones al Tribunal de la causa. Es todo”. En este estado, el Tribunal, ordena expedir copia certificada de la presente acta, y hacerle entrega de la misma al ciudadano ANGEL BETANCOURT, a fin de que repose en el expediente respectivo. En este estado, el Tribunal cumplida como ha sido la misión encomendada, ordena la remisión de la presente comisión con sus resultas al Tribunal de la causa, el regreso a su sede, y el cierre de la presente acta, siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 a.m.). Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,



LA PARTE ACTORA
Y SU ABOGADO ASISTENTE,



LOS NOTIFICADOS,


EL SECRETARIO,



Exp. 06-2411 Ejecutor
Exp. 4892 Causa
CHB/EG/.