REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, trece (13) de Octubre de dos mil seis.-

195º y 146º
Visto la demanda que por DESALOJO fue interpuesta por el ciudadano BARTOLOME LIMONTA LANDA, contra el ciudadano JACINTO BRITO, y por cuanto de una revisión del escrito libelar se aprecia que la suma demandada asciende al monto de CINCO MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 5.100.000), cantidad esta que excede de la cuantía atribuida al conocimiento de los Juzgados de Municipio; según resolución N° 619 de fecha 30/01/1996, emanada del extinto Consejo de la Judicatura, en tal virtud este Tribunal se declara incompetente en razón de la cuantía y declina la competencia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta misma Circunscripción Judicial, ordenándose remitir el presente expediente junto con oficio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta misma Circunscripción Judicial.-
EL JUEZ.

RENAN JOSE GONZALEZ.
LA SECRETARIA ACC.-

YENNY CARABALLO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA ACC.-

EXP.Nº 3270
RJG/RJG/Idg*