REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 25.-

Asunto N° JP01-R-2006-000202
IMPUTADO: RAFAEL GREGORIO ROJAS CADENAS
VICTIMA: RIGOBERTO ROA
HECHO: MOMICIDIO INTENCIONAL
MOTIVO: RECURSO DE REVISIÓN
Ponente: Miguel Angel Cásseres González
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I
Pórtico

La Defensora Pública Abg. Katherine Villalobos, encargada de la Defensa N° 03 del Estado Guárico, Extensión Calabozo, con el carácter de defensora definitiva del penado Rabel Gregorio Rojas Cadena, presentó ante el Juzgado de Ejecución extensión Calabozo, tutela de revisión de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito quien lo condenó a la pena de 14 años y 03 meses de presidio, por la comisión del delito de Homicidio Calificado (folios 2,3).

El señalado juzgado declino su competencia en esta sala, donde fueron recibidos los autos el 14-08-2006 (folio 17), dictándose auto sanatorio el 18 del mismo mes y año, en el sentido de que la accionante presentara a los efectos de la admisibilidad del acto recursivo la prueba indispensable para la revisión como lo es la sentencia condenatoria.

La señalada defensora fue notificada el 25-09-2006 (folio 24),y sin embargo a la fecha no ha cumplido con las exigencias de ley.

El artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal exige como requisito indispensable que el escrito de tutela de revisión debe ir acompañado con la prueba indispensable o con la documentación necesaria so pena de rechazo tal como lo dispone el artículo 474 eiusdem.

Por cuanto, no consta la prueba y/o los requisitos que demanda la ley de la especie, muy a pesar de la diligencia de esta sala, el recurso de revisión presentado por la defensora Katherine Villalobos, se declara inadmisible, todo ello conforme a lo estipulado al artículo 473 primer aparte ibidem. Así se decide.

II
Dispositiva

La Corte de Apelaciones del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, inadmisible el recurso de revisión interpuesto por la Defensora Pública N° 03, Extensión Calabozo, Abg. Katherine Villalobos, contra la sentencia condenatoria del penado Rafael Gregorio Rojas Cadenas. Se funda la decisión en los artículos 453, primer aparte, 471.1, 472,473 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Publíquese. Notifíquese a las partes. Diarícese. Déjese copia. Bájese la incidencia al juzgado de origen.-
El Juez Presidente,


Rafael González Arias
La Juez,


Fátima Caridad Dacosta
El juez (Ponente),



Miguel Angel Cásseres González
La Secretaria,