República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico

ACTUANDO EN SEDE: Civil
SOLICITUD N° 6156
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: ALEIDA COROMOTO CORONIL MARÍN

Por solicitud de fecha 19 de Julio 2.006, presentada por la ciudadana ALEIDA COROMOTO CORONIL MARÍN, venezolana, mayor de edad, de profesión oficinista, de estado civil soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 7.289.380, domiciliada en Altagracia de Orituco Estado Guárico, asistida de abogado, donde solicita en su condición de hija, sea declarada conjuntamente con su madre ELBA FLORA MARÍN DE CORONIL y sus hermanos ANTONIO MIGUEL CORONIL BUSTAMANTE, AURA ELIDIA CORONIL MARÍN, OSCAR JOSÉ CORONIL MARÍN, LUISA PICINARDI CORONIL MARÍN, ORLANDO MIGUEL CORONIL MARÍN, DORIS BETSAIDA CORONIL MARÍN Y LUIS ANGEL CORONIL MARÍN, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.438.743, 3.554.390, 4.285.352, 4.285.353, 4.347.869, 5.070.853, 7.289.382, 8.782.081, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus MIGUEL ANGEL CORONIL, quien falleció el día 10 de mayo del año 2.003, en Altagracia de Orituco Estado Guárico.

El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante el Juzgado los Municipios José Tadeo Monagas del Estado Guárico, promovidos por la solicitante, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Únicos y Universales Herederos y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos ELBA FLORA MARÍN DE CORONIL, ALEIDA COROMOTO CORONIL MARÍN, ANTONIO MIGUEL CORONIL BUSTAMANTE, AURA ELIDIA CORONIL MARÍN, OSCAR JOSÉ CORONIL MARÍN, LUISA PICINARDI CORONIL MARÍN, ORLANDO MIGUEL CORONIL MARÍN, DORIS BETSAIDA CORONIL MARÍN Y LUIS ANGEL CORONIL MARÍN arriba identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del fallecido MIGUEL ANGEL CORONIL. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los seis (6) días del mes de Octubre del año dos mil seis. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

El Juez Suplente Especial, La Secretaria titular,

Abg. Santiago Restrepo Pérez Abg. Marisel Peralta Ceballos

En la misma fecha siendo las 1.40 p.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
La Secretaria titular,















SRP/lp
SOL. N°. 6156