REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, diecisiete de octubre de dos mil seis.-

195º y 147º

Vista la diligencia que antecede suscrita por las partes, asistidos de abogados en la cual celebraron contrato de transacción y solicitan su homologación.- Este Tribunal se abstiene en homologar la transacción en cuestión contenida en la diligencia del 10-10-2006 (folio 5) por cuanto el documento a que hace referencia la citada diligencia mediante el cual demandado pretende acreditar la propiedad del bien que da en pago al demandante por SESENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 60.000.000,00) esta redactado en idioma extraño o diferente al castellano; dicho documento cursa al folio 7.- Empero, además no aparece en su texto el lugar donde fue emitido, tampoco está suscrito por nadie. Esta decisión la fundamenta el Tribunal en los artículos 13 del Código Civil y 182 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Suplente


Dr., José Crispín Flores Muñoz
La Secretaria