III
Por lo expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de reivindicación incoada por los ciudadanos ROSA AMALIA MARTINEZ DE FLORES Y JESUS ENRIQUE FLORES contra los ciudadanos JUAN ELOY MARTINEZ ESTANGA Y RICHARD MARTINEZ VASQUEZ, todos suficientemente identificados con anterioridad. En consecuencia, se CONDENA a los demandados a hacer entrega, sin plazo alguno, a los demandantes, la casa unifamiliar ubicada en la calle “GUAICAIPURO” Nº 36, jurisdicción del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico ; y comprendida dentro de los
siguientes linderos: Norte: Con casa de la señora Teresa Correa; Sur: Con casa del señor Isidro Gómez; Este: Con solar y casa de la señora Francisca Seijas; y Oeste: Con calle Guaicaipuro”.
A tenor del articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, se imponen las costas procesales a la parte demandada, dado su vencimiento total.-
A los efectos previstos en el articulo 251 ejusdem, se ordena notificar esta decisión a las partes litigantes.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua a los dos días del mes de Octubre del año dos mil seis.- Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez.----------------------------------------------------------------------------Dr., Alfredo Ruiz-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Secretaria
Publicada y registrada en su fecha, siendo las 10:00 a.m., previa las formalidades legales. ----------------------------------------La Secretaria