JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
TUCUPIDO, 24 DE OCTUBRE DE 2006.
196º Y 147º
Por recibido mediante oficio N° 056-06, de fecha 19 de Octubre de 2006, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, el presente acuerdo conciliatorio efectuado entre los Ciudadanos JOHANNA ADRIANA GUAITA y ALEXIS CELESTINO OJEDA RONDÓN, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.891.519 y 15.526.444, respectivamente, en relación a la solicitud de pensión de alimentos fijadas por ellos para su menor hija MARIANGEL ALEXANDRA OJEDA GUAITA, en fecha 17 de Octubre de 2006, ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de este Municipio José Félix Ribas, el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley.- En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecidos y le imparte su homologación.- Provéase lo conducente.-
El Juez;
Dr. Edgar López. La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella.
Exp. N° 716-06.
EL/DPS/mildred.
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