En el día de hoy 05 de Octubre de 2006, siendo las 9:00 horas de la mañana fecha y hora acordada por éste Tribunal para llevar a efecto la Medida de Embargo Ejecutivo en el Mandamiento de Ejecución N° 299-2006; hicieron acto de presencia las Abogadas Matilde Paiva Mota y Mirla Carolina Mota Crespo, Inpreabogado Nros. 16.149 y 36.673 respectivamente en su carácter de Apoderadas Judicial de la parte demandante Mariela Agustina Núñez Lugo, titular de la Cedula de Identidad N° 7.182.256. Asimismo hizo acto de presencia la parte demandada Ciudadanos José Andrés Rolas Tovar y William Alfredo López Flores titulares de la Cedula de Identidad Nros. 2.097.037 y 3.558.821 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio Ricardo García Viana, Inpreabogado N° 44.069, quienes expusieron: “A los efectos de dar por concluida el presente mandato de ejecución en este mismo acto y en esta misma fecha ofrecemos pagar a la parte demandante el monto de cuatro millones cien mil bolívares, (Bs. 4.100.000) suma total a ejecutar en dinero en efectivo, dicho pago lo efectuamos de la manera siguiente: Un cheque por la cantidad de Dos millones cincuenta mil Bolívares. (Bs. 2.050.000,oo) del Banco Occidental de Descuento (B.O.D) Cheque N° 00000072, de fecha 05-10-2006, emitido por el Dr. José Andrés Rolas Tovar arriba identificado, girado contra la cuenta N° 0116-0010-76-1010001415, a favor de la Abg. Matilde Paiva Mota representante legal de la parte actora en éste Acto de ejecución y Un cheque por la cantidad de Dos millones cincuenta mil Bolívares. (Bs. 2.050.000,oo) del Banco Occidental de Descuento (B.O.D) Cheque N° 00000073, de fecha 05-10-2006, emitido por el Dr. José Andrés Rolas Tovar, girado contra la cuenta N° 0116-0010-76-1010001415, a favor de la Abg. Matilde Paiva Mota representante legal de la parte actora en éste Acto de ejecución. En éste estado el Tribunal hace entrega de los cheques arriba identificados a la Abg. Matilde Paiva Mota en su carácter de representante legal de la parte actora quien declara recibe los identificados cheques en nombre de su representado a su entera satisfacción. En éste mismo acto interviene la parte demandada y Su Abogado asistente ya identificados y exponen: “Cumplido con el mandamiento de ejecución y honrada como ha sido la obligación en el contenido, hemos pagado la cantidad de CUATRO MILLONES CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 4.100.000), fijada en el presente procedimiento de intimación”. Acto continuo ambas partes manifiestan estar conformes con la presente Transacción y piden a la Ciudadana Juez Ejecutor de medidas se sirva remitir al Tribunal de la causa el presente Mandamiento de Ejecución. Asimismo piden al ciudadano Juez de la causa se sirva homologar la presente transacción por quedar ejecutada la misma y ordene el archivo del expediente correspondiente a la causa, es todo. Seguidamente éste Tribunal visto la Transacción realizada entre las partes, siendo las 11:00 horas de la mañana, declara cumplido el presente Mandamiento de Ejecución, y ordena regresar el mismo al Juzgado comitente, y en consecuencia remítase mediante oficio respectivo, es todo, terminó, fue leído y conformes firman. La Juez. Abg. Hildamar Robles Bujanda (fdo) firma ilegible. Las Apoderadas Actoras. (Fdo) firmas ilegibles. La Parte Demandante y su Abogado Asistente. (fdo) firma ilegibles. La Secretaria (fdo) firma ilegible. La Secretaria (fdo) firma ilegible.-