En el día hábil de hoy, lunes nueve (09) de octubre del año dos mil seis (2006), siendo las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente asunto, incoado por el ciudadano MARCIAL ASCANIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-845.080, contra la empresa “TUCAREY C.A”, previo el anuncio de ley se dio a inicio a la misma, observándose la incomparecencia de ambas partes, supra identificados, ni por sí ni mediante Apoderado judicial alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de ello; por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión. Años: 196º de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ,

ABG. LORIANDY LOZADA PERALTA. LA SECRETARIA,

ABG. DILEXI GARCIA RAMOS.
En la misma fecha siendo las 09:10 a.m., se publicó la anterior sentencia a la puerta del Tribunal y se dejó la copia ordenada.
Secretaria,