En el día de hoy martes diecinueve (19) de septiembre de dos mil seis (2.006), siendo las tres y treinta de la tarde (03:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE DEMANDADA la profesional del derecho, ciudadana ERAIDA CAMPOS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 42.100, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ANGELO TRECCANI, natural de Suiza, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número E.-80.402.819, propietario de la FINCA EL PORFIN, representación que se observa de documento poder autenticado el 16 de junio de 2.006 por ante la Notaría Pública de Valle de la Pascua del estado Guárico bajo el número 47, Tomo 58 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría, y agregado a los autos en original constante de tres (03) folios útiles, con domicilio procesal en la calle Miranda, número 38, Quinta Mis Delicias, frente a la Plaza El Sol, Tucupido, estado Guárico, teléfonos 0416-247.14.27 y 0414-474.98.80, dejando constancia de que la PARTE DEMANDANTE, no compareció a la hora fijada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, y en este mismo acto se hace entrega sólo de los escritos de pruebas consignados por la accionada, quedando los del accionante incorporado en autos en resguardo de este circuito hasta su retiro mediante acta. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.