REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de septiembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2006-000558
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-000558
PARTE ACTORA: YORVINS JOSE ALLEN SALAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YAJAIRA CANCINO
PARTE DEMANDADA: GRUPO TECNICO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, C.A GRUTEVICA CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BRAULIO ALBERTO AGUILAR
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintinueve (29) de septiembre de dos mil seis, (2.006) siendo las 3:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada GRUPO TECNICO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, C.A GRUTEVICA, CA; , debidamente representada por BRAULIO ALBERTO AGUILAR, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 7413, Asimismo se deja expresa constancia de que la parte actora YORVINS JOSE ALLEN SALAS no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Jueza
Abg. Vilma Leal.
El Apoderado Judicial de la Parte Demandada.
La Secretaria.
Abg. Claudia Yánez.
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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