REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº VII. Caracas, 20 de Septiembre de 2006.
195º y 146º
ASUNTO: AP51-S-2006-015780

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS, presentado por la ciudadana MILAGROS QUINTANA, en su carácter de Defensor del Niño y del Adolescente Nro: 006 , adscrito a la defensoria 066 , a solicitud de los Ciudadanos YINDIS DELGADO Y ANDERSON JIMENEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-15.804.957 y V- 16.832.488 respectivamente, a favor de la niña xxxxxxxxxxxxxxxx. Este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho,. en consecuencia, este Tribunal procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS, en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, a fin de que surta sus efectos legales. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. AIMAR VALENCIA RIZO

El Secretario,


MARTIN JIMENEZ


Exp. N° AP51-S-2006-015780
AIMAR