REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, veintinueve (29) de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-012449
Vista la solicitud presentada por la ciudadana KATIUSKA MC INTOSCH FALCON, de nacionalidad Cubana, mayor de edad, portadora del pasaporte N° 0510179, y de este domicilio, así como la aceptación y juramentación hecha por la ciudadana ARELIS RAQUEL AÑEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°. V- 6.404.664, como curador ad-hoc de la niña (CUYA IDENTIFICACION SE OMITE, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA). Esta Sala de Juicio, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo; y por cuanto se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 110 del Código Civil, devuélvanse en original la documentación a la parte interesada. Se insta al solicitante a consignar copia fotostática de la totalidad de las actuaciones que conforman el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMÁN
LA SECRETARIA
ABG.GREYMA ONTIVEROS
SVdG/GO/ajc.
AP51-S-2006-012449