REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XIII.
Caracas, 18 de septiembre de 2.006
Años: 195º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2003-000244
Vista la anterior diligencia suscrita por el apoderado judicial de la parte actora Abg. JUVENCIO SIFONTES, mediante la cual desiste de la presente solicitud. En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° XIII de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, declara DESISTIDA la presente solicitud, dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminada la misma. Archívese el presente expediente. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. Helio Antonio Requena Bandres.
La Secretaria.,
Abg. Dayana Fernández.
ASUNTO: AP51-V-2003-000244
HARB/YC