REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° XIII

Caracas, 29 de septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO : AP51-S-2005-004048

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano DAVIS ROBERT BARCO ROJAS, debidamente asistido por la Defensora Pública octava Abg. AMELIA RODRIGUEZ, mediante la cual solicita que sea liberada la cuenta de ahorros N° 00030010100101045221 de la Entidad financiera Banco Industrial, que se encuentra a su nombre. En consecuencia este despacho judicial al verificar que efectivamente dicho ciudadano adquirió la mayoría de edad en fecha 22/6/2006, ordena se haga entrega de la libreta de ahorros N° 2959675-59, de la cuenta de ahorros N° 00030010100101045221 de la Entidad financiera Banco Industrial, al ciudadano DAVIS ROBERT BARCO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-18.809.932, a tal fin se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C.) con el objeto de que le hagan entrega de la libreta antes referida. Finalmente se acuerda el cierre y archivo del presente expediente. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ

Abg. Helio Antonio Requena Bandres
LA SECRETARIA

Abg. Dayana Fernández



ASUNTO : AP51-S-2005-004048
HARB/YC