REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Sentencia Definitiva
Expediente N° S-7016
PARTE SOLICITANTE: JOSE TULIO MONTILLA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.494.646, actuando en su carácter de representante de la ciudadana CHERRY KARINY MONTILLA LAVARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 19.064.969.
ABOGADO ASISTENTE: CELIA MENDES, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, de este domicilio, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 66.554.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Recibido como ha sido el presente expediente luego de la distribución de rigor, y vista la decisión emitida por el Juzgado del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 08, en la cual se declaro incompetente por razón de la Materia; este Tribunal luego de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se declara competente para conocer de la presente causa.
Asimismo, luego de una revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que el acta a corregir, la ciudadana CHERRY KARINY MONTILLA LAVARTE, emerger como mayor de edad y siendo que dicha ciudadana es la persona que se encuentra legitimada para solicitar la rectificación de su acta de nacimiento y por cuanto se observa que el solicitante en la presente causa es una persona distinta a la legitimada este Tribunal actuando de conformidad con lo establecido en el articulo 140 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece lo siguiente: “salvo los casos previstos por la ley, no se puede hacer valer en juicio, en nombre propio, un derecho ajeno”. NIEGA dicha solicitud. Y ASÍ SE DECIDE.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los _____ días del mes de _________________ de 2.006 Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ
Dra. ANGELINA M GARCÍA HERNANDEZ
LA SECRETARIA Acc
KELYN CONTRERAS
En la misma fecha anterior, _____ de __________________ de 2.006, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo la una de la tarde (1:00 p.m.).-
LA SECRETARIA Acc,
KELYN CONTRERAS
EXP. S-7016
AMGH/KC/Lizmaika
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