REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. San Juan de los Morros, dieciocho (18) de septiembre del año dos mil seis (2006).

196º y 147º

Visto el desistimiento hecho por el abogado César Córdoba, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 52.528, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana Mirna Claret Leal, en diligencia de fecha 03 de diciembre del año 2003. El tribunal, da por consumado el acto, y procede como en sentencia pasada, en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena el archivo del expediente, en el juicio que por Partición de Comunidad Conyugal, sigue la prenombrada ciudadana, contra el ciudadano Edgar Fortunato Brown. Háganse las anotaciones correspondientes. Asimismo, devuélvanse los originales señalados en dicha diligencia, previa su certificación en autos, para lo cual, se autoriza al alguacil de este Juzgado, para que realice el fotostático de las mismas.


El Juez suplente especial,

Abg. Santiago Restrepo Pérez.
La Secretaria temporal,

Abg. Isbelia Cambera.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria temporal,

SRP/jcp.
Exp. N° 4.244-02