En horas de Despacho del día de hoy, veinticinco (25) de Septiembre del 2006, siendo las 10:30 siendo la hora fijada para que tenga lugar la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con motivo del juicio que sigue el ciudadano VICENTE OLIVERO FRANCESCHI en contra del ciudadano YOUSEFF DOMAT DOMAT, se trasladó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Melado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en la sede del Tribunal comitente, siendo atendidos por el ciudadano Juez, Abg. SANTIAGO RESTREPO PEREZ, titular de la C. I. N° 3.537.368, a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir este Tribunal. Actúa como Apoderado Judicial de la parte demandante el Abg. JULIO CESAR SALAS RODRIGUEZ, inpreabogado N° .33.252, quien expone: “Conforme a la Medida de Embargo Ejecutivo, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, señalo para ser embargados ejecutivamente los derechos litigiosos en el estado en que se encuentren incluyendo las costas procesales del Abg. YOUSEFF DOMAT DOMAT en el juicio identificado con el N° 4.478, intentado por cobro de bolívares, procedimiento de intimación contra el ciudadano FILIT DOUMAT ANTONI, esta medida se hace extensible hasta el inmueble que se describe a continuación: Una parcela de terreno y la edificación construida sobre ella, ubicada en la Calle Ilustres Próceres, Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, denominado Centro Comercial Los Ilustres, el cual está en proceso de remate, tal como consta de las actas procesales del mencionado expediente, ubicado dentro de los siguientes linderos NORTE: Avenida o Calle Ilustres Próceres, que es su frente; SUR: Calle Rondón; ESTE: Canal de malario logia y casa de Rafael Alvarez Romero y OESTE: Casa propiedad de la sucesión de Ramón Orozco Ibarra y solar de la casa de los hermanos Ruíz, este inmueble pertenece al ciudadano FILIT DOUMAT ANTONI C. I. N° 4.427.846, por documento protocolizado por ante la Oficina del Registro Subalterno del Municipio José Tadeo Monagas, Estado Guárico, de fecha 03-07-1998, anotado bajo el N° 05, folios 17 al 36, Protocolo I, Tomo I, III Trimestre; igualmente solicito al Tribunal provea lo conducente a objeto de que se le notifique al Registro Inmobiliario del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, donde está registrado este inmueble para que se estampe la debida nota marginal, es todo”. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los derechos litigiosos hasta cubrir la cantidad de Bs. 151.680.677,24, contenidos en el expediente N° 4.478 contentivo del juicio que por cobro de bolívares sigue el ciudadano YOUSEFF DOMAT DOMAT en contra del ciudadano FILIT DOUMAT ANTONI por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, el cual se encuentra en estado de remate del inmueble identificado como: una parcela de terreno y la edificación sobre ella construida ubicada en la Calle Los Ilustres Próceres de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo de Monagas del Estado Guárico, denominado Centro Comercial Los Ilustres y esta ubicado dentro de los linderos mencionados por el Apoderado Judicial del demandante este inmueble pertenece al ciudadano FILIT DOUMAT ANTONI C. I. N° 4.427.846, por documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 03-07-1998, anotado bajo el N° 05, Folios 17 al 36, Protocolo I, Tomo I, III Trimestre todo de conformidad con lo solicitado por la parte ejecutante y conforme a lo establecido en el último aparte del Artículo 593 del Código de Procedimiento Civil, ordenando agregar una copia de la presente actas de embargo en el expediente que cursa por ante el Tribunal de la causa, asimismo se acuerda oficiar a la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio José Tadeo Monagas a los fines de que se estampe la debida nota marginal, es todo. Terminó. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. JULIO CESAR SALAS RODRIGUEZ; EL NOTIFICADO (Fdo Ilegible) JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA; ABG. SANTIAGO RESTREPO (Fdo Ilegible) y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.-
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