REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO CON SEDE EN LA CIUDAD DE VALLE DE LA PASCUA
Valle de la Pascua, 16 de Abril de 2007
196° y 147°
ASUNTO: CTVS-1428-06
ACTA
PARTE ACTORA: Ciudadana YOSMARY DE JESUS AGUANA titular de la Cédula de Identidad N° V-13.849.717
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: Abogado RICHARD TORREALBA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.277
PARTE DEMANDADA: EMPRESA RECTIFICADORA JUNIOR ,C .A
APODERADOS JUDICIALES PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy Lunes (16) de Abril de dos mil siete (2.007), siendo las once horas de la mañana (11:00a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto. Se deja constancia de la incomparecencia de la demandada ni por si ni por medio de apoderado alguno no así la demandante ciudadana Yosmary de Jesús Aguana debidamente asistido por el Procurador del Trabajo abogado Richard Torrealba. En este estado la trabajadora manifiesta que desiste del presente procedimiento toda vez que le han sido canceladas sus prestaciones sociales y no desea volver a trabajar en la empresa por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación.