REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y
TRANSITORIO DE LA COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO CON SEDE
EN LA CIUDAD DE VALLE DE LA PASCUA

En el día de hoy martes tres (03) de abril de dos mil siete (2.007), siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE DEMANDADA, el ciudadano GUILLERMO SALAZAR, titular de la cédula de Identidad número V.-2.389.277, representante de la FINCA EL PEREÑO, debidamente asistido por los profesionales del derecho, ciudadanos SAÚL LEDEZMA y ALECIO JOSÉ VALERI MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de Identidad números V.- 2.398.927 y V.-9.947.992 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 7.562 y 101.365, en su carácter de apoderados judiciales, representación que se observa al folio 34 de las actuaciones, con domicilio procesal en la calle Los Ilustres, número 24 Oeste, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfono 0235-341.81.82, dejando constancia de que la PARTE DEMANDANTE, no compareció a la hora fijada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO y en este mismo acto se hace entrega sólo de los escritos de pruebas consignados por la accionada, conforme al acta de Audiencia Preliminar del 26 de febrero de 2.007. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación.