REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Abril de 2007.
196º y 148º
PARTE ACTORA: FRANCISCO EMILIO DE BORGES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V- 5.520.331.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MICKEL AMEZQUITA, ANA VERONICA SALAZAR, KARELIA GONZALEZ y GERMAN MORALES, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 97.648, 82.657, 30.348 y 121.170, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ADVIGILCA, C. A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de Julio de 1969, bajo el Nº 78, Tomo 49-A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: REYNALDO GADEA PEREZ, ERNESTO LESSEUR RINCON, ALFREDO ALTUVE GADEA, EDUARDO SATURNO MARTORANO, MARY JEAN PAREDES MARSHALL y ALBERTO PEREZ RAMIREZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 7.569, 7.558, 13.895, 67.966, 69.206 y 4.851, respectivamente.
MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.
Vistos: Estos autos.
Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 03 de Junio de 2005, por la abogado MARY JEAN PAREDES, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de Diciembre de 2004, oída en ambos efectos el 02 de Agosto de 2005.
Por auto de fecha 19 de Marzo de 2007, este Juzgado dio por recibido el expediente y dejó expresa constancia de que al quinto (5º) día hábil siguiente se procedería a fijar la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, la cual se fijó por auto de fecha 26 de Marzo de 2007, para el 18 de Abril de 2007, a las 02:30 p.m.
Celebrada como ha sido la audiencia oral, este Tribunal Superior pasa a publicar la sentencia en los siguientes términos:
CAPITULO I
En el acta levantada en fecha 18 de Abril de 2007, oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio se dejó constancia de la no comparecencia de la parte demandada apelante por si o por medio de apoderado judicial alguno y de la no presencia de la parte actora.
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”
Con vista de que la parte demandada apelante no compareció, por si o por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO II
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 03 de Junio de 2005, por la abogado MARY JEAN PAREDES en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de Diciembre de 2004, en el juicio seguido por el ciudadano FRANCISCO EMILIO DE BORGES CONTRERAS contra ADVIGILCA, C. A., ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el articulo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintiséis (26) días del mes de Abril de 2007. AÑOS: 196º y 148º. –
JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA
NOTA: En el día de hoy, 26 de Abril de 2007, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-
JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA
Asunto: AC22-R-2002-000003
Asunto Antiguo: 2628-T
JCCA/JPM/mg.
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