REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Abril de 2007.
196º y 148º
PARTE ACTORA: LUIS HUMBERTO URBANEJA MARIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 5.914.328.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JOAQUIN ACEVEDO PEREZ, ARABELLA MARGARITA SERRANO, ANA MARIA VILLARREAL, ARELIS AULAR GORRIN, FLOR ATENCIO BERSOVINI y ANA MARIA VILLARREAL, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nos. 23.061, 21.949, 81.936, 81.744, 97.290 y 81.936, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C. A., sociedad mercantil, domiciliada en Caracas, inscrita ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 15-1-1938, bajo el N° 30, cuya última modificación estatutaria quedó inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 05 de Junio de 2001, bajo el N° 49, Tomo 38-A Cto.
APODERADOA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FELIX PALACIOS CRUZ, ALEJANDRO RODRIGUEZ FERRARA, ENRIQUE AGUILERA VOLCAN, TIBISAY MUÑOZ TORRES, MATILDE DE FREITAS LOZADA, CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ GUERRA, LEIDA CEREZO VILERA, OLGA KARINA CASTRO, MARILUZ RODRIGUEZ GUERRA e IVAN ANTONIO ROBLES, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nos. 7.013, 25.422, 10.673, 42.253, 51.214, 42.708, 16.860, 56.315, 88.009 y 91.879, respectivamente.
MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.
Vistos: Estos autos.
Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 05 de Octubre de 2005, por la abogado FLOR ATENCIO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de Septiembre de 2005, oída en ambos efectos por auto de fecha 06 de Octubre de 2005.
Por auto de fecha 13 de Febrero de 2007, este Juzgado dio por recibido el expediente y dejó expresa constancia de que al quinto (5º) día hábil siguiente se fijaría la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, la cual se fijó por auto de fecha 22 de Febrero de 2007, para el 24 de Abril de 2007, a las 02:00 p.m.
Celebrada como ha sido la audiencia oral, este Tribunal Superior pasa a publicar la sentencia en los siguientes términos:
CAPITULO I
En el acta levantada en fecha 24 de Abril de 2007, oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante por si o por medio de apoderado judicial alguno y de la presencia de las abogados CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ GUERRA y LEIDA MERCEDES CEREZO VILERA, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada.
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”
Con vista de que la parte actora apelante no compareció, por si o por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO II
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 05 de Octubre de 2005, por la abogado FLOR ATENCIO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de Septiembre de 2005, oída en ambos efectos por auto de fecha 06 de Octubre de 2005, en el juicio seguido por el ciudadano LUIS HUMBERTO URBANEJA MARIN contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C. A., ambas partes identificadas en el cuerpo de esta sentencia. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintiséis (26) días del mes de Abril de 2007. AÑOS: 196º y 148º.
JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA
NOTA: En el día de hoy, 26 de Abril de 2007, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.
JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA
Asunto: AC22-R-2005-000341
Asunto Antiguo: 2005-2746-T
JCCA/JPM/mg.
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