REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintitrés (23) de Abril de dos mil siete (2007)
197º y 148º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002433
PARTE ACTORA: YANDRIK CRUZ JIMENEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NORY YAGUARAMAY IPSA Nº.83.471
PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIANELA BRITO ACEVEDO IPSA Nº.85.035
MOTIVO: SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A
Hoy, 23 de Abril de 2007, siendo la 01:00 P.M, día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Juzgado deja constancia de la incomparecencia a la misma del ciudadano, YANDRIK CRUZ JIMENEZ, parte actora en la presente causa, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, igualmente se deja constancia de la comparecencia a la audiencia de la ciudadana MARIANELA BRITO ACEVEDO, abogada inscritas en el IPSA bajo el Nº: 85.035, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa, empresa SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A, tal como consta de poder que cursa en los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay especial condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197°.
El Juez
Abog. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
El Secretario.
Abog. Oscar Javier Rojas.
Los Presentes:
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en la sentencia, publicándose y registrándose la misma.
El Secretario.
Abog. Oscar Javier Rojas.
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