REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII
Caracas, once (11) de abril de dos mil siete
196º y 148º
ASUNTO: AP51-S-2007-004054
Vista las anteriores actuaciones, promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos MAIKOL ANTONIO SEQUERA ARAQUE y ERASMO TOMAS PIÑATE RUDA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nrosº V.-16.661.467 y V- 9.119.044, respectivamente, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Sala de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos SMITH DEL VALLE OLIVARES YEPEZ, ADRIANA ELIGIA ZAPATA YEPEZ, JORGE ERNESTO ZAPATA y la niña ---, respectivamente, como beneficiarios de la de Cujus ciudadana ELIGIA RAMONA YEPEZ VIZCAYA, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-6.526.315 quedando a salvo los derechos de terceros. Expídase copias certificadas solicitadas con inserción del presente auto.- Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ

AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA

CIOLIS MOJICA


AVR/aagv
AP51-S-2007-004054