REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sala de Juicio Nº 7 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de Abril de 2007
196º y 148º
ASUNTO: AP51-S-2007-005230
Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos SIUL GODIE RODRÍGUEZ ALGARIN Y EDGARD JULIAN GARCIA MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V.-10.871.501 y V.-2.103.806 respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Sala de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana BRENDA COROMOTO CASTRO RIVERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-7.664.271, y a la adolescente -------, como beneficiarios del de Cujus, ciudadano RICARDO JOSE ACEVEDO PRASCH, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-6.548.482, quedando a salvo los derechos a terceros. Expídase copias certificadas solicitadas con inserción del presente auto.- Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ,
AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,
CIOLIS MOJICA
aimarvalencia