REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ODER JUDICIAL
Circuito de protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII
Caracas diecisiete (17) de Abril de dos mil siete (2007)
196º y 148º
ASUNTO: AP51-V-2006-007727
Solicitantes: Abogada LUISA ELENA GARCÍA, Coordinadora del Equipo Multidisciplinario Nº 3, del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. Padres: HAROLD ERICH HERNANDEZ OROPEZA y YIBRIN MARILYN PINTO, titulares de las cédulas de identidad Nros° V-10.376.174 y V-11.164.524 respectivamente.
Motivo: Convenimiento sobre Régimen de Visitas

Visto el Convenimiento sobre Régimen de Visitas, de fecha tres (03) de Abril de 2.007, suscrito por los Ciudadanos, HAROLD ERICH HERNANDEZ OROPEZA y YIBRIN MARILYN PINTO, titulares de las cédulas de identidad Nros° V-10.376.174 y V-11.164.524 respectivamente, por ante los integrantes del Equipo Multidisciplinario Nº 3, del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, en beneficio de su hija, la Adolescente ------, este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, admite y en consecuencia HOMOLOGA, el mencionado convenimiento y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de su hija
“Expídanse por Secretaría copias certificadas del convenimiento suscrito por los solicitantes por ante los integrantes del Equipo Multidisciplinario Nº 3, del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas y de la presente Homologación, una vez que sean consignados los fotostatos, por parte de los solicitantes.”
Publíquese y Regístrese, dada firmada y sellada en el Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII, en fecha diecisiete (17) de Abril de 2007.
LA JUEZ

AIMAR VALENCIA RIZO.


LA SECRETARIA

CIOLIS MOJICA
















AVR/aagv
AP51-V-2006-007727