REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL

Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena

Visto el escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES y los recaudos anexos presentado en fecha 20 de abril de 2007, por los ciudadanos ERIKA EUGENIA ONTIVEROS DAVILA y MARCO TULIO NARANJO FERMIN, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad No. V-12.685.654 y V- 11.674.838, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Gustavo Duque, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.689, este Tribunal por cuanto dicha solicitud no es contraria a ninguna disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. En este sentido se instó a los cónyuges a la reconciliación siendo imposible lograrla.