REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Dieciséis (16) de Abril del Dos Mil Siete (2007), siendo las 03:30 de la tarde, se trasladó y constituyó la Abogado, NELA PASQUALI VESPA, Juez Provisoria Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la Secretaria, Abg. MARIELEN RODRIGUEZ R., en compañía de los Apoderados Actores, Abogados, MAYRA ALARCON y CESAR MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s.85.541 y 107.551., respectivamente, así como del auxiliar de justicia designado por este Juzgado, ciudadano, WILFREDO FIGUERA, depositario de la firma “LA R.C., C.A.”, titular de la Cédula de Identidad Nº.4.334.518., quien aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, tal y como consta del libro de actas llevado al efecto; en la siguiente dirección, a señalamiento expreso de los Apoderados Actores: Piso 3, del Edificio 1, del Conjunto Empresarial e Industrial Kilómetro Uno C.A., Urbanización Carlos Delgado Chalbaud, Coche, Parroquia El Valle, Kilómetro 1 de la Carretera Panamericana, Caracas; a fin de dar cumplimiento a las medidas CAUTELARES DE EMBARGO PREVENTIVO E INNOMINADAS, decretadas por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que sigue el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y ADUANERA (SENIAT), actuando con el carácter de sustituto de la Procuradora General de la República , en representación del Fisco Nacional, contra CONSORCIO MICROSTAR, C.A. y sus responsables solidarios GUSTAVO ADOLFO ARRAIZ MANRIQUEZ y ARTURO DANIEL ARRAIZ MANRIQUEZ. Una vez constituido el Tribunal en el piso 3 del Edificio antes identificado se pudo constatar que en el mismo se encuentran tres locales, en el primero de ellos funciona la Empresa SUPPLY CALZADO PICENO, C.A., en el segundo se observó la siguiente leyenda “DISTRIBUIDORA ASTUDILLO” y en el tercer local identificado con la letra “C”, donde funciona DISTRIBUIDORA LEVISA, C.A. (Venta de Accesorios y Repuestos), en la cual se le requirió información al ciudadano, RAFAEL ISAAC LEVY LEVY, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº.E-81.303.540., quien impuesto de la misión del Tribunal manifestó ser el Director Gerente de la Distribuidora antes identificada e hizo del conocimiento del Tribunal que en este piso siempre han funcionado las empresas que hoy se encuentran y nunca ha funcionado una empresa de nombre CORPORACIÓN MICROSTAR, C.A.. Acto seguido los Apoderados Actores, exponen: “Vista la exposición del notificado y por cuanto es evidente la imposibilidad de practicar las medidas decretadas, en la presente dirección, solicitamos al Tribunal Ejecutor, difiera la ejecución de las medidas que le han sido encomendadas para una nueva oportunidad la cual solicitaremos posteriormente, es todo.” Este Tribunal visto el pedimento que antecede, lo acuerda de conformidad; en consecuencia, ordena el diferimiento de la práctica de las presentes medidas, para una nueva oportunidad, la cual será fijada, previa solicitud por escrito de la parte interesada. Este Tribunal deja expresa constancia que las presentes actuaciones no causaron para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Siendo las 04:30 de la tarde, se declara concluido el presente acto y se ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. NELA PASQUALI VESPA
LOS APODERADOS ACTORES
EL DEPOSITARIO
EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
ABG. MARIELEN RODRIGUEZ R.