REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 24.-

Asunto N° JJ01-X-2007-000024
Imputado: Deivis Maiker Portillo González
Motivo: Inhibición
Juez inhibida: Abg. Zaida Ávila
Juez Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal.
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
**********************************************************************************************
I
En fecha 21 de marzo de 2007, la Juez Zaida Ávila Piñango, se inhibe de conocer el asunto JP01-S-2003-002419, de su nomenclatura interna, según el artículo 86.4 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el imputado Deivis Maiker Portillo González, está siendo representado en el proceso por el Abg. Tony Vieira Ferreira, quien es su compadre y con quien mantiene estrechos vínculos de amistad. Consigna la inhibida copia del acta de la audiencia oral de calificación de flagrancia, donde se evidencia que el Abg. Tony Vieira, actúa como defensor público penal del imputado.

En consecuencia, y por cuanto existe una situación de hecho que obliga a la juez a separarse del conocimiento del asunto se declara con lugar dicha inhibición, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 86.4 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, con lugar la inhibición planteada por la Abg. Zaida Avila, Juez Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto seguido al ciudadano Deivis Maiker Portillo González. Se funda la presente decisión en los artículos 86.4 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Publíquese. Diarícese. Déjese copia. Bájese la incidencia al órgano de origen.
El Juez Presidente,



Rafael González Arias
El Juez, (Ponente)




Miguel Ángel Cásseres González
La Juez,




Fátima Caridad Dacosta
La Secretaria,



Zulimar Castro de Vieira


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,