REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 39

CAUSA N° JK01-X-2007-0000024
IMPUTADO: DAIVYS RAFAEL AREVALO TALAVERA.
MOTIVO: INHIBICIÓN DE LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO, ABG. YAJAIRA MORA.
PONENTE: RAFAEL GONZALEZ ARIAS


Corresponde a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, conocer y decidir la inhibición formulada por la jueza segunda de juicio del estado Guárico, Abg. Yajaira Mora, para separarse del conocimiento de la causa N° JJ01-P-2002-000251, que se sigue contra el ciudadano Daivys Rafael Arévalo Talavera, por la comisión del delito de abuso sexual.

DE LA INHIBICIÓN

A los folios 1 y 2 del presente cuaderno de incidencia cursa acta de fecha 26 de marzo de 2007 que contiene la referida inhibición, en la cual se señala lo siguiente:
“De la revisión de las presentes actas que conforman la presente pieza jurídica penal, pude observar… actuaciones en la presente investigación, las cuales se encuentran suscritas por la ciudadana fiscal Décimo Segundo del Estado Guárico, abogado ROMENIA RINCON ANDRADE.

Ahora bien, la ciudadana ROMENIA RINCON, contrajo matrimonio con mi hijo PABLO JOSÉ FERNANDEZ MORA… por lo que se ha constituido un parentesco de afinidad entre la fiscal y quien suscribe… y es por ello que me inhibo de conocer la presente causa…”
Esta Corte de Apelaciones para decidir observa:
El artículo 86 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal prevé como causal de inhibición la existencia de parentesco por afinidad dentro del cuarto grado entre la persona del juez y cualquiera de las partes. En el caso que nos ocupa, entre la ciudadana jueza abogada Yajaira Mora y la fiscal 12° del Ministerio Público, Abg. Romenia Rincón existe vínculo por afinidad de primer grado, en consecuencia resulta procedente declarar con lugar la presente inhibición. Así se declara.

DISPOSITIVA


Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la jueza segunda de juicio del estado Guárico, Abg. Yajaira Mora, para separarse del conocimiento de la causa N° JJ01-P-2002-000251, que se sigue contra el ciudadano Daivys Rafael Arevalo Talavera, por la comisión del delito de abuso sexual. Todo de conformidad con los artículos 86 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Déjese copia certificada.
EL JUEZ PRESIDENTE (PONENTE)




RAFAEL GONZALEZ ARIAS

LA JUEZ,




FATIMA CARIDAD DACOSTA
EL JUEZ,




MIGUEL ANGEL CASSERES GONZALEZ
LA SECRETARIA,


ZULIMAR CASTRO DE VIEIRA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA