REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. San Juan de los Morros, diez (10) de abril del año dos mil siete (2007).
196º y 147º
Visto el desistimiento hecho por el abogado Nicolás Rafael López Gómez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 5.216, en su carácter de autos, según diligencia de fecha 29 de marzo del año 2007. El tribunal, da por consumado el acto, y procede como en sentencia pasada, en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena el archivo del expediente, en el juicio que por Nulidad de Venta, sigue Armando José Belisario Vásquez, contra los ciudadanos Carmen Belisario Vásquez, Isabel Belisario Vásquez, José Cupertino Belisario Vásquez, Miguel Belisario Vásquez, Raúl Belisario Vásquez, María Belisario Vásquez, Carlos Belisario Vásquez, Oswaldo Belisario Vásquez, Francisco Belisario Vásquez. Háganse las anotaciones correspondientes. Asimismo, se acuerda la devolución de los documentos señalados en dicha diligencia, previa certificación en autos.
El Juez,
Abg. Santiago Restrepo Pérez.
La Secretaria,
Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
SRP/jcp.
Exp. N° 5.931-06