En horas de Despacho del día de hoy, 24 de Abril del 2007, constituido el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en su propia sede ubicada en el Edificio Jocape, Segundo Piso, Avenida Los Llanos de esta ciudad, a los fines de proceder a realizar MEDIDA DE EJECUCIÓN FORZOSA, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 19 de Octubre del año pasado (2006), encontrándose presente la parte demandante representada por el ciudadano GIOVANNI TASCA CANZONIERI, conjuntamente con su Apoderado Judicial ABG. NICOLAS LOPEZ GOMEZ, y la parte demandada representada por el ciudadano ABG. ARQUIMEDES SOLANO, en su Carácter de Sindico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Juan German Roscio, se procedió a notificar al ciudadano ABG. ARQUIMEDES SOLANO En éste estado solicitó el derecho de palabra, la parte ejecutante asistido en éste acto por el abogado NICOLAS LOPEZ GOMEZ, quien expuso: “Vistas las actuaciones realizadas en fecha 14 de Marzo del presente año, donde se dejó constancia de que para solucionar el conflicto se designare un Perito que cumpliera con los requisitos establecidos por la Ley y presentare un nuevo informe de avalúo, en el cual estimare prudencialmente el valor del lote de terreno, y el cual sería acogido por ambas partes y como quiera que la ciudadana Ing. OFELIA OCHOA, presentó un avalúo estimando el valor del terreno en DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (18.522.247,oo Bs.), suma esta que acepto y en base al convenio de fecha supra referida y por lo tanto solicito del Tribunal le imponga a la parte ejecutada de esta situación a los fines de solucionar definitivamente el conflicto, es todo” En éste estado el tribunal vista la solicitud hecha por la parte ejecutante insto al representante de la Alcaldía el Dr. Arquímedes Solano, Sindico Procurador Municipal a que de cumplimiento con el mandamiento de ejecución tomando en consideración el avalúo realizado por el experto designado a tal fin. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la parte ejecutada, quien expone: “Visto el avalúo presentado por el perito designado por este Tribunal y en cumplimiento del acta de fecha 14 de Marzo del 2007, en nombre y en representación del Municipio Juan German Roscio, me acojo al monto estimado en el avalúo y asimismo solicito un lapso de treinta (30) días continuos para consignar el monto cumpliendo con los trámites administrativos correspondientes de la Alcaldía, y finalmente consignar el cheque, es todo”. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ejecutada la presente comisión, acordando mantener el expediente en la sede del Tribunal hasta tanto se haga efectiva la consignación y entrega del referido cheque, de igual manera acuerda expedir copias fotostáticas certificadas al ciudadano Sindico Procurador a los fines de que se realicen los trámites administrativos correspondientes, es todo.. Terminó el presente acto, se leyó y conforme firman.- LA JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL DEMANDANTE (Fdo Ilegible) GIOVANNI TASCA CANZONIERI; ABG. EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. NICOLAS LOPEZ GOMEZ; EL NOTIFICADO (Fdo Ilegible) SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL, ABG. ARQUIMEDES SOLANO; EL ALGUACIL TEMP (Fdo Ilegible) AÑON ALI E. y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.-
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