REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ACTA DE DESISTIMIENTO
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-000742
PARTE ACTORA: RAUL JOSE CERDEÑO OCANDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: CORPORACION LA CASA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ARBERT MAZA Y OTROS
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy siete (07) de abril de dos mil ocho (2008), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que ni la parte actora RAUL JOSE CERDEÑO OCANDO ni la parte demandada CORPORACIÓN LA CASA comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
La Jueza Titular
La Secretaria
Abg. Judith González
Abg. Anabella Fernándes
En este misma fecha se público y registro la anterior decisión.
La Secretaria
Abg. Anabella Fernándes