REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de abril de dos mil ocho (2008)
197º y 149°

ASUNTO: AP21-S-2008-000331

Visto escrito Transaccional de fecha 04 de abril de 2008, presentada por la ciudadana LISMARY ALVARADO, cédula de identidad N°V-11.518.441, debidamente asistida por el abogado RAMÓN CHACÍN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°112.366, en su condición de parte Oferida y por la parte Oferente la sociedad mercantil INVERSIONES R.6 99, C.A., debidamente representada por el abogado JESÚS ANTONIO LEOPOLDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°97.802; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en virtud de los expuesto, le imparte la HOMOLOGACION a dicha Transacción, cuyo monto fue por Bs.F.6.000,00. Asimismo, y como quiera que la parte Oferente solicitó copia certificada, este Tribunal, conforme al numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las acuerda e igualmente declara así terminado el presente proceso, y ordena su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez

La Secretaria
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
Abg. Norialy Romero