REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° XIII

Caracas, 28 de abril de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-006394

Revisadas las actas procesales que conforman la presente causa y vista la Autorización de pasaporte, suscrita por la ciudadana DILIA LOPEZ BERMUDEZ, actuando en su carácter de Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas a petición del ciudadano JEAN SERGE PETIT PRERE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 16.442.023, mediante la cual solicita la autorización judicial para la tramitación del pasaporte de su hijo, el niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de siete (07) años de edad, en vista de que en un futuro tiene planificado viajar con su hijo como lo expresa en dicha solicitud. En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda autorizar ampliamente al ciudadano JEAN SERGE PETIT PRERE, anteriormente identificado, para que pueda tramitar la expedición del pasaporte del niño de autos, ante las autoridades correspondientes, por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento de la madre para la expedición del citado documento antes las autoridades de Identificación correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX), a los fines de informarle de la presente decisión, y para la entrega de dicho oficio se nombra como correo especial al ciudadano JEAN SERGE PETIT PRERE. Remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, copia certificada de la presente decisión. Cúmplase -.
LA JUEZ,

ABG. JAIZQUIBELL QUÍNTERO ARANGUREN

LA SECRETARIA,

ABG. DAYANA ESTABA.
ASUNTO: AP51-S-2008-006394
JQA/DE/Kristian Castellanos
Motivo: Aut. Jud. para Pasaporte y Viaje