REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° XIII
Caracas, 07 de abril de 2008 197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2005-004117
Vista la diligencia de fecha 03 de abril de 2008, mediante la cual comparece por ante esta Sala de Juicio la ciudadana YOSIBEL MARIANA CASTRO ARANA, titular de la cédula de identidad N° 20.614.507, manifestando que en razón de haber adquirido su mayoridad, requiere que este Órgano Jurisdiccional se le autorice plenamente para movilizar la cuenta de ahorros, del Banco Industrial de Venezuela, a su nombre signada bajo el N° 0003-0081-12-0100180108.
Ahora bien, constatado como ha sido a través de la partida de nacimiento de la referida ciudadana que cursa en el presente expediente, y a la vez se señala que la misma nació en fecha 18/01/1990, siendo evidente que la misma actualmente tiene dieciocho (18) años de edad, en consecuencia es procedente tal solicitud por lo que se acuerda de inmediato previa las gestiones correspondientes por la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, le sea librado por dicha oficina el oficio a la entidad bancaria respectiva a los fines de que informe sobre la presente Autorización concedida a la citada ciudadana para que pueda movilizar plenamente la cuenta de ahorros que se encuentra a su nombre, señalándose que la mencionada ciudadana puede movilizar dicha cuenta libremente, sin necesidad de requerir autorización para ello, ni siquiera de la ciudadana ELKE MARIANA ARANA ALFEREZ, identificada en autos, en razón de haber adquirido su mayoridad. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. JAIZQUIBELL QUÍNTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA,
ABG. DAYANA ESTABA
ASUNTO: AP51-S-2005-004117
JQA/DE/Kristian Castellanos
Motivo: Aut. Jud. Para Cobrar