REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión N° 44
Asunto N° JJ01-X-2008-0000018
Motivo: Inhibición
Inhibido: Abg. Maria Antonieta Scott de Brito
Juez del tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
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I
Preliminar
El fecha 04 de abril de 2008, la Juez Maria Antonieta Scott de Brito, titular del Tribunal cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, se inhibe de conocer el presente asunto N° JP01-P-2008-000947, seguido a Félix Sabino Esaa y otros, por un delito previsto en la Ley Orgánica contra el trafico ilícito y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, todo ello en virtud de que en dicha causa aparece como defensora de los imputados la abogada Luz Coromoto Scott, todo ello conforme a las previsiones que consagran el artículo 86.1 Código Orgánico Procesal Penal. (Folio 1).
Posteriormente y a requerimiento de este órgano, la inhibida consignó a los autos, la evidencia donde se demuestra que la abogada Luz Coromoto Scott actúa como defensora privada en dicha causa (Folios 12 al 16), circunstancia que hace de derecho la declaratoria con lugar de la presente inhibición, en virtud a la protección del principio de imparcialidad de todo juzgador. Así se decide y establece.
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones de la Circunscripción del Estado Guárico Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide, con lugar la inhibición planteada por la ciudadana Luz Coromoto Scott, en su condición de juez cuarto de control de este Circuito, con la causa N° JP01-P-2008-000947, seguida a los imputados Félix Sabino Esaa y otro. Se funda la decisión en relación a lo previsto en los artículos 86.1 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Publíquese. Déjese copia. Remítase la incidencia al órgano de origen.
El Juez,
Cesar Figueroa Paris
La Juez,
Yajaira Mora Bravo
El Juez, (Ponente),
Miguel Ángel Cásseres González
El Secretario,
Engelberth Becerra
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Engelberth Becerra