REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 14 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2007-001114
ASUNTO : JP01-P-2007-001114

Vistos los escritos presentado por las ciudadanas Abg. YUDRASKY QUINTANA, en su condición de directora del Anexo femenino, adscrito a la Penitenciaria General de Venezuela de esta ciudad, con escrito anexo de la Penada CARMEN JULIA CHACON MOLINA y la Abg. JASMINE ISOLE MAYZ RODRIGUEZ, en su condición de Fiscal Novena del Ministerio Público de esta jurisdicción Judicial, mediante el cual solicitan le sea concedida la Medida de Pre-Libertad de Régimen Abierto. Este Tribunal a los fines de decidir observa:

Ahora bien riela a los 231 al 233 de la pieza Nº 1, auto de ejecución de sentencia en la presente causa donde se apertura el Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, a la referida penada, en la misma fecha el tribunal oficia a la Coordinación Regional de Tratamiento no Institucional, Región Central a los efectos le sea practicado el Informe Psico-Social de igual forma se oficio a la División de Antecedentes Penales con el propósito que remitan certificación los mismos.

Es necesario destacar que ha presente fecha este tribunal no ha recibido repuesta alguna de los referidos oficios indispensables estos para ser efectivo el beneficio señalado, en otro orden ideas es necesario que la penada de marras gestione a través de su familiares las ofertas laborales como requisitos necesarios, para lo cual se insta a la penada, por todas estas razones en la cual el Tribunal ha estado vigilante de los derechos de la referida penada, conducta diligente demostrada por este Tribunal. Notifíquese. Cúmplase.

El Juez


Abg. Jesús Alberto Castillo.

La Secretaria,


Abg. ANNAKARINA PEÑA ARCAY.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-