REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
Tribunal Segundo de Ejecución
San Juan de los Morros, 25 de abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JL01-P-2001-000143
ASUNTO : JL01-P-2001-000143

Visto el escrito presentado por el Defensor Público Penal Abg. DANIEL MONTANI, en su condición de defensor del Penado LUIS ENRIQUE MACHADO PERDOMO, donde solicita a este Tribunal se pronuncie sobre la situación jurídica del referido penado, en relación a otorgamiento de algunas de las formulas alternativas de cumplimiento de pena.

La apertura del procedimiento para optar a algunas de las formulas alternativas de cumplimiento de pena, es necesario como requisito que el penado posea Cédula de Identidad, el caso que nos ocupa a pesar que este Tribunal a oficiado a la Dirección de la Penitenciaria, así como a la onidex, al referido penado no posee cédula de identidad, lo que a criterio de quien decide es un documento indispensable para la identificación del penado para el proceso de cualquiera de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.

Este Tribunal requiere como requisito previo a la apertura del procedimiento del beneficio solicitado, ordenar que se realicen los trámites pertinentes, para que con las seguridades del caso el penado sea trasladado a las oficinas de la ONIDEX en esta ciudad, con el fin de obtener la cedulación reglamentaria. Líbrese Boleta de Traslado del penado a la ONIDEX de esta ciudad a los fines de su cedulación. Ofíciese y Notifíquese lo conducente.-
El Juez

Abg. Jesús Alberto Castillo
La Secretaria
Abg. Annakarina Peña Arcay

En esa misma fecha se cumplió con lo ordenado.