REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.-San Juan de los Morros, veintinueve (29) de abril del año dos mil ocho (2.008).
197º y 149º
Vista la diligencia de fecha veintitrés (23) de abril del año dos mil ocho (2.008), que riela al folio trece (13), suscrita por el abogado Luis Toro, en su carácter de autos, mediante la cual desistió del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, el tribunal da por consumado dicho desistimiento y en consecuencia se declara terminado el presente juicio que por Cobro de Bolívares (Proc. de Intimación) sigue Luis Ernesto Toro Valera contra Gustavo José Donaire. Asimismo se acuerda devolver previa su certificación en autos, el documento original señalado en dicha diligencia, por cuantas dichas copias deberá ser elaborada por el sistema fotostático, se autoriza para elaborarla al ciudadano Alguacil de este Juzgado. Corrijase foliatura.
El Juez,
Abg. Santiago Restrepo Pérez
La Secretaria,
Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
SRP/mcc
Exp. Nº: 6639-07