REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, dos de abril de dos mil ocho.-

197º y 148º

Visto el escrito presentado por el ciudadano JOSE CELESTINO VARGAS GIRON, de fecha 26-03-2008, cursante a los folios 107 y 108, asistido de abogado, mediante el cual desiste de la acciòn y del procedimiento de la presente causa, asi como solicita la homologación del documento de partición amistosa de comunidad hereditaria consignada en este Tribunal, asi mismo solicita suspender las medidas preventivas decretadas en el presente juicio.
El Tribunal para decidir observa:
Riela del folio 109 al 116, transacción celebrada por ante la Notaria Publica de Valle de la Pascua, del Estado Guárico, mediante el cual las partes convienen y le ponen fin al presente juicio y en ese mismo documento autenticado, autorizan solamente a la ciudadana BEATRIZ MAIGUALIDA VARGAS GIRON, plenamente identificada, a desistir por ante este despacho de la presente acciòn, de manera pues, que en la referida transacción, exclusivamente fue autorizada la ciudadana antes mencionada y no otras personas, a desistir de la acciòn respectiva incoada por ante este Juzgado.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA, el desistimiento, la homologación y la suspensión de las medidas, solicitado por el ciudadano JOSE CELESTINO VARGAS GIRON.-
El Juez

Dr. Josè Bermejo
La Secretaria Acc