JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
TUCUPIDO, 30 DE ABRIL DE 2008
197º Y 148º
Recibido mediante oficio N° 22-08, de fecha 28 de Abril de 2008, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos ANGEL RAMON ARRUEBARRENA GONZALEZ y BEATRIZ ADRIANA NAVARRO PINTO, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 16.044.261 y 19.963.194, respectivamente, en relación a la Obligación Alimentaria fijada entre ellos para su hijo: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecido y le imparte su homologación.-
El Juez Provisorio;
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño La Secretaria ;
Doldigrey Pulido Santaella
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