En el dìa de hoy 10 de Abril de 2008, siendo las 9:00 horas de la mañana, acordada como ha sido la habilitación del Tribunal por el tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Geronimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con la presencia de la ciudadana Clara Ysabel Castro Carpio, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.373.345, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Miguel Riani Ponce, Inpreabogado N° 103.333, en el Inmueble Lote de Terreno ubicado en la Jurisdicción de la Parroquia El Calvario del Municipio Sebastián Francisco de Miranda del Estado Guárico, a los fines de practicar Medida de Entrega Material, ordenada en el presente Despacho de Comisión Nº 445-2008, emanado del Juzgado de Primera Instancia Civil sede Calabozo. Presente en este acto el ciudadano Ángel Gabriel García, titular de la C.I. N° V- 23.844.945, quien fue notificado de la misión del Tribunal y manifestó su voluntad de permitirle el acceso al mismo, y que se encontraba cuidando esto por órdenes de Orlando Cuenca. En este estado el Tribunal procede hacer Entrega Real y Física a la ciudadana Clara Ysabel Castro Carpio, Cumplida como ha sido los requerimientos del Artículo 929 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En este estado hizo acto de presencia la ciudadana Omaira Ysabel Carpio Cuenca titular de la Cédula de Identidad N° V 8.630.873, en su condición de vendedora. Seguidamente el Tribunal procede hacer Entrega de los bienes que a continuación se identifican: Un lote de terreno (Finca) constante de Un Mil Hectáreas (1.000 Has) dentro de los siguientes Linderos y Medidas NORTE: Desde el paso Tacatinemo, ubicado en mojón, con la identificación M-4 (Palenque), en este sitio está el camino que conduce del Calvario al cabrito, al punto M, sitio denominado Paso del Camoruco, ubicado al margen derecho del río Orituco, aguas abajo en una distancia de Dos Mil Doscientos Cuarenta y Tres metros con Ochenta y Cinco centímetros (2.243,85 Mts), con rumbo 5.49,38´E, este Lindero colinda con terrenos que son o fueron de Teobaldo Valiente desde el punto M-3 al punto X-2, aguas abajo Río Orituco en el medio con una distancia de Dos Mil Setecientos Cuarenta y Ocho metros con Cincuenta y Un Centímetros (2.748,51 mts) y con rumbo 5.621´12´´E; SUR: Desde el punto X-2 aguas abajo Río Orituco en el medio al punto X-1 en una distancia de Dos Mil Quinientos Ochenta y Seis metros con Treinta y Ocho Centímetros (2.586,38mts) y con un rumbo 5.22,30´12´´N, con terrenos que son o fueron de Teobaldo Valiente; y OESTE: Desde el punto X-1 ubicado en la Confluencia interna del Caño Tacatinemo y del Río Orituco al B10/50 aguas arriba del Río Orituco en medio de una distancia de Un Mil Trescientos Ochenta y Dos Metros con Sesenta y Tres Centímetros (1.382,62 Mts) y un rumbo N° 834´12´´W, en el sitio denominado El Quebradón y de este punto al M-4, ubicado en el margen derecho aguas arriba del Caño Tacatinero en medio de una distancia de Tres Mil Novecientos Cincuenta Metros con Diez Centímetros (3.950,10 Mts), con un rumbo N91´56´´E, con terrenos que son o fueron de Teobaldo Valiente y que se denominan Fundo Laguna de Agua o Juan García. Un Tractor Marca CASE INTERNACIONAL, Modelo 7110 STD, usado Chasis JJA0039584, serial motor 0044682367; color Rojo; Una Planta eléctrica a gasolina, Una Desgranadora de Cereales, Un (01) Molino, Una (01) Cortadora de Pasto, Una Rastra Marca Tarapo, Modelo TNPW 30x24, usada, serial de Chasis: 36011, Setenta (70) tubos de Aluminio de 4 pulgadas, herramientas de trabajo y bienhechurias. Asimismo la vendedora ciudadana Omaira Ysabel Carpio Cuenca manifiesta que cede la propiedad y la posesión de todos los bienes vendidos en fecha 7 de Junio de 2007, mediante Documento N° 45, folio 516 al 549, del Protocolo Primero, tomo Décimo Noveno, Segundo Trimestre del año 2007; En este estado el Tribunal Declara Entregados todos los bienes antes señalados a la ciudadana Clara Ysabel Castro Carpio ya plenamente identificada, quien estando presente manifiesta que lo recibe conforme. Cumplida como ha sido la presente comisión; este Tribunal ordena regresar a su sede natural, siendo las 3:00 horas de la tarde. Acto continuo el Tribunal dejando constancia que los Semovientes señalados en la presente Comisión para ser Entregados no se encontraban en la presente Finca, igualmente las Dos (02) Motobombas tampoco se encontraban al momento de realizarse la presente Entrega. Asimismo se deja constancia que el Tribunal se encontraba custodiado por los efectivos Cabo-1 Jorge Enrique Aular titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.626.949 y el C-1 José Azocar titular de la Cédula de Identidad N° V-10.269.919, adscrito al Destacamento N° 65, Comando Regional N° 6, de la Guardia Nacional de la República Bolivariana de Venezuela quienes dan fe de todo lo actuado en el presente acto, es todo, termino, fue leído y conformes firman: La Juez, Abg. Hildamar Robles (fdo) firma ilegible. La Ciudadana Clara Ysabel Castro Carpio, quien recibe conforme. El Abogado Asistente (fdo) firma ilegible. La Vendedora Ciudadana Omaira Isabel Carpio Cuenca (fdo) firma ilegible. El Notificado, quien manifestó que se negaba a firmar la presente acta. Los Efectivos de la Guardia Nacional (fdos) firman ilegible. La Secretaria Yelitza Flores (fdo) firma ilegible. La Alguacil Francis Mújica (fdo) firma ilegible.