PARTE ACTORA: ALEXANDER DE JESÚS RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO BARRIOS y CÉSAR ANTONIO ZAMORA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V.-12.637.694, V.-17.122.538 y V.-8.798.365, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ.
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil GRUPO URICAO, C.A., en la persona del ciudadano ALFREDO BORREGO, Venezolano, mayor de edad, en su carácter de Ingeniero de Obra, con domicilio en la avenida Francisco de Miranda, Torre Cavendes, piso 9, Oficina 904, Caracas, Distrito Capital.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.
En el día de hoy, lunes cuatro (04) de agosto de dos mil ocho (2.008), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto. Se deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar a la hora fijada de la parte DEMANDANTE, y de la DEMANDADA, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ
CRISTIAN OMAR FELIZ
LA SECRETARIA,
GABRIELA SCROFANI BRUNICARDI
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